El Gobierno y sus aliados en el Senado se pusieron de acuerdo para confirmar cambios en la Ley de Glaciares que se debatirá este jueves.
El oficialismo reconoce que están muy ajustados los votos (necesitan 37), pero asegura que tiene las voluntades para darle media sanción pese a que el PRO y la UCR votarán divididos.
Los ojos están puestos sobre el flamante bloque peronista Convicción Federal que tiene a Carolina Moises, Guillermo Andrada y Sandra Mendoza.
Qué plantea la ley original de glaciares
La normativa original, sancionada en 2010, prohíbe las actividades extractivas en los glaciares y ambiente periglacial y las considera como reservas estratégicas de agua dulce.
Lo que busca el Gobierno es priorizar las actividades productivas (minera, hidrocarburífera) en Mendoza, San Juan, Catamarca, Jujuy y Salta. Y atraer y dar luz verde a proyectos mineros internacionales. Para ello, abrirá la posibilidad de hacer explotación de recursos naturales en glaciares si no se consideran hídricamente relevantes o que cumplen una función hídrica. Hasta hoy eso no puede hacerse.
La relevancia hídrica ahora pasarán a determinarla las provincias. Se les otorga mayor poder de decisión para evaluar estudios de impacto ambiental y autorizar proyectos.
Modificaciones
Entre las últimas modificaciones que hizo el Gobierno en el dictamen original del proyecto, que estaba desde diciembre, no hay cuestiones sustanciosas, sino pequeños cambios y agregados de ciertas palabras.
Lo más significativo son dos agregados en el artículo 6 y 7. Allí se sumó que quedan prohibidas actividades que impliquen daños al ambiente en términos de la Ley General del Ambiente 25.675 y que las evaluaciones ambientales deben cumplir con la Ley del Régimen de Gestión Ambiental del Agua 25.688. Este último punto implica un monitoreo de la calidad y cantidad del caudal de agua que se vea afectado.
“Esto es lo que se llama redundancia legislativa. Decir que van a cumplir una ley está mal, eso ya existe; siempre se debe cumplir con la ley. Estos agregados son para maquillar la ley. Son cambios cosméticos”, explicó Enrique Viale, de la Asociación de Abogados Ambientalistas.
Por su parte, una fuente oficialista sostuvo que al incorporar la mención de la Ley del Régimen de Gestión Ambiental del Agua 25.688 al proyecto, la situación no quedaría a “tan libre albedrío” para las provincias mineras.
Inventario de Glaciares
Otro de los puntos que cambió con respecto a la redacción de diciembre es que se constatará la relevancia hídrica de un glaciar y el aporte de agua dulce que hace a los cursos de agua “sobre la base de estudios técnicos-científicos”.
También que el Inventario Nacional de Glaciares que hoy existe y está hecho por el Instituto Nacional de Glaciares (IANIGLA) se mantendrá como está hasta que las autoridades provinciales determinen que cierto glaciar no tiene “relevancia hídrica”.
“El inventario que existe seguirá así hasta que la provincia diga lo contrario. Es decir, si la provincia demuestra que la zona no cumple una función hídrica, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) lo tiene que sacar del inventario. No se puede oponer”, dijo una fuente legislativa que analizó en detalle los cambios previstos.