Luego de la difusión de los audios en los que la Secretaria General de la presidencia, Karina Milei, quedó implicada en hechos graves de corrupción, en el gobierno nacional se encendieron las alarmas y ahora publicaron una resolución en el Boletín Oficial, con firma del Secretario de Ciencia, Darío Genua, en el que ordenan que los empleados firmen un contrato de confidencialidad en lo referente a los contratos que se realizan en la cartera.
La paranoia del gobierno nacional tras la filtración de audios hizo que se eleven todas las alertas y desde la Secretaría de Ciencia publicaron la resolución con fecha del 29 de agosto.
La resolución para “proteger” la información de la Secretaría de Ciencia: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/330720/20250902?busqueda=2
La resolución 205/2025, se ampara en la Ley N° 24.766 de confidencialidad de la información, la que prevé que las personas físicas o jurídicas pueden impedir que la información que esté legítimamente bajo su control, “se divulgue a terceros o sea adquirida o utilizada por terceros” sin su consentimiento de manera contraria a los usos comerciales honestos, cualquiera sea el medio en que obre.
Borrar información de las computadoras o divulgar después de diez años
Sin embargo, en el Anexo, fija la prohibición para divulgar información al menos posterior a los 10 años luego de que el empleado se vaya de la institución.
“El/la Empleado/a asume la obligación de confidencialidad acordada en el presente Acuerdo por todo el plazo de la relación laboral o contractual y aún después de finalizada ésta por el término de DIEZ (10) años”, sostiene el texto y plantea la “devolución de la información en caso de la salida de la institución con la habilitación a “borrarla”.
“6.1. En caso de terminación de la prestación del servicio por cualquier causa, El/la Empleado/a se obliga a restituir a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS toda la documentación e información que le haya sido suministrada y todo otro material o documento que incorpore o refleje Información Confidencial, a la que haya tenido acceso y que conserve el/la Empleado/a”.
“6.2. La entrega de la documentación se deberá efectuar en un plazo no mayor a QUINCE (15) días corridos desde la solicitud de entrega por parte de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Igualmente, cualquier Información Confidencial mantenida en computadoras personales, medios magnéticos o cualquier otro similar, será eliminada mediante algún procedimiento que garantice su eliminación física (v.g. mediante un software que utilice técnicas de sobre escritura que impidan recuperar la información eliminada).
Convenios de confidencialidad
En el planteo cita la posibilidad de “establecer convenios o contratos formales con aquellos terceros con los que existan intercambios de información” y resuelve aprobar “el documento único denominado Compromiso de Confidencialidad y Uso de la Información para el personal de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA”, aplicable en el ámbito de esta SECRETARÍA DE INNOVACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA que como Anexo I (IF-2025-93696146-APN-SSI#JGM) forma parte integrante de la presente.
La norma apunta “a los terceros que interactúan de manera habitual u ocasional, que accedan a información sensible y/o a los recursos informáticos y/o digitales en el desarrollo de sus tareas habituales, que como Anexo II (IF-2025-93696180-APN-SSI#JGM) forma parte integrante de la presente”.