A partir de 2023, en Argentina estará prohibido el uso de productos fitosanitarios formulados a base de Clorpirifósetil y Clorpirifósmetil. Así lo establece la resolución 414/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
En concreto, el organismo sanitario dispuso la prohibición para importar este principio activo a partir de los próximos 45 días, la prohibición para elaborarlo y fraccionarlo a nivel local en un plazo máximo de 90 días, y la prohibición de comercialización y uso a partir de los 455 días desde que entre en vigencia esta resolución.
“Desde esa fecha, se producirá la baja automática de los registros de principios activos y de los productos fitosanitarios que contengan Clorpirifósetil y Clorpirifósmetil, en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal a cargo de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del Senasa”, señala el texto normativo.
La única excepción para estas disposiciones son aquellos casos en que este agroquímico sea fabricado para su exportación.
Asimismo, la decisión del Senasa incluye una reducción de los límites máximos de residuos (LMR) que pueden contener los alimentos que hayan sido tratados con Clorpirifós en su proceso productivo.
“Se fija en 0,01 miligramos por kilogramo el límite de determinación de Clorpirifósetil y de Clorpirifósmetil para todos los productos y subproductos agropecuarios que se importen o produzcan localmente para consumo interno, a partir de los 575 días de entrada en vigencia de la presente resolución”, precisa el documento.