El gobierno de Javier Milei finalmente promulgó la Ley de Financiamiento Universitario, pero en la misma norma suspendió su ejecución “hasta que el Congreso determine las fuentes de financiamiento” de la norma que fue aprobada por las dos cámaras del Congreso y que, tras el veto del Poder Ejecutivo, se confirmó nuevamente en el Congreso Nacional.
“Corresponde que el PODER EJECUTIVO NACIONAL promulgue la Ley N° 27.795, pese a que la misma, por imperio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629, quedará suspendida en su ejecución hasta tanto el H. CONGRESO DE LA NACIÓN determine las fuentes de su financiamiento e incluya en el presupuesto nacional las partidas que permitan afrontar las erogaciones que su implementación requiere”, sostiene la norma publicada hoy en el Boletín Oficial.
Promulgación y suspensión de la Ley de Financiamiento
La promulgación en el Boletín Oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/333140/20251021 con fecha 21/10.
Así, la aplicación de la ley está suspendida hasta que el Congreso defina las fuentes de financiamiento y las incluya en el presupuesto nacional, según lo establece la ley de gasto público.
El Poder Ejecutivo promulgó la ley, pero argumenta que no puede aplicarla por falta de recursos, a pesar de que la promulgación le da vigencia legal. Desde las universidades representadas en el Consejo Interuniversitario nacional, sostienen sin embargo que en el proyecto de ley de Financiamiento Universitario aparece especificadas las fuentes de financiamiento.
El proyecto define las fuentes de financiamiento
En el artículo sexto define que “Con el fin de cumplimentar los artículos 3°, 4° y 5º de la presente ley, el Poder Ejecutivo Nacional transferirá mensualmente lo ingresado según el inciso a) del artículo 3 de la Ley N° 23.548 “Coparticipación federal de recursos federales” al programa 26 de “Desarrollo de la Educación Superior”, del servicio 330 “Secretaría de Educación” de la subjurisdiccion 4 “Secretaría de Educación” de la jurisdicción 88 Ministerio de Capital Humano, la “Proporción Universitaria”. Esta “Proporción Universitaria” se calculará según el último presupuesto aprobado por el Congreso de la Nación teniendo como numerador el crédito para financiar los gastos de funcionamiento, la inversión y los programas especiales de las universidades nacionales y, como denominador, el monto proyectado de ingresos en la proporción que hace referencia al artículo 3° inciso a) de la Ley N° 23.548/88 de coparticipación federal, fondos nacionales provenientes de la coparticipación, sin impactar sobre la distribución de dichos fondos”.
En respuesta a la dilación del Gobierno para promulgar la ley de Financiamiento Universitario, los gremios de docentes universitarios representados en la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU), la FEDUN, la CONADU Histórica, UDA y CTERA y la FAGDUT (UTN), sumados a los nodocentes de universidades de la FATUN, anunciaron ayer las medidas de fuerza para esta semana, ante el vencimiento de los plazos legales para sancionar la norma.
A pesar del tardío anuncio del Poder Ejecutivo, este martes, habrá una jornada de protesta y el miércoles se llevará a cabo un paro de 24 horas en todo el país.