Periferia

14 de Marzo de 2026

Presentan una segunda cautelar contra la reelección indefinida del rector de la Universidad Nacional de Jujuy

El recurso presentado cuestiona la decisión de Mario Bonillo que habilita la reelección sin límites de autoridades de la universidad. La comunidad académica en alerta por el golpe a la alternancia democrática.

El rector de la Universidad Nacional de Jujuy, Mario Bonillo, puso en alerta a la comunidad académica de todo el país en diciembre de 2025 al impulsar un proyecto interno a través del Consejo Superior que habilita la reelección sin límites de autoridades en universidad.

Esto de cara a las elecciones que se celebran en mayo de este año y a contramano del Estatuto que rige y define el procedimiento electivo y el espíritu democrático en las universidades del país.

Segunda cautelar para frenar la “gestión perpetua” de Bonillo como rector

Tras una primera medida cautelar presentada en la provincia, ahora avanza una segunda medida judicial para intentar impedirlo. El fundamento del segundo amparo es que por estatuto, las universidades impiden esa medida porque atenta contra la alternancia democrática interna.

En los últimos días se hizo segunda presentación ante la Justicia cuestionando una resolución del Consejo Superior vinculada a la interpretación del Estatuto universitario sobre los límites a las reelecciones de autoridades académicas.

La medida cautelar

La acción fue presentada por Luis Rodolfo Cari ante la Justicia Federal en el expediente “Cari, Luis Rodolfo c/ Universidad Nacional de Jujuy – Amparo Ley 16.986” (Expte. FSA 3776/2026). La demanda solicita que se declare la nulidad de la Resolución 200-25 del Consejo Superior, al considerar que habilita interpretaciones que permitirían extender la permanencia en cargos de conducción dentro de las facultades.

Esta presentación se suma a una primera acción judicial impulsada previamente por Vicente Casa, también dirigida contra la misma universidad y vinculada al mismo conflicto institucional en torno al régimen de reelecciones.

¿Reelección indefinida?

El planteo cuestiona específicamente la Resolución 200-25, dictada en noviembre de 2025, mediante la cual el Consejo Superior interpretó que los mandatos de decano y vicedecano no se computan entre sí.

Según la demanda, esta interpretación permitiría que una misma persona permanezca durante largos períodos en cargos de conducción universitaria alternando entre ambos puestos. En el escrito se sostiene que esa decisión altera el sentido del Estatuto universitario y debilita el principio de alternancia en el ejercicio de los cargos, habilitando lo que consideran una forma de permanencia indefinida en la conducción de las unidades académicas.

Los demandantes también plantean que el Consejo Superior no posee competencia para realizar interpretaciones que modifiquen el alcance del Estatuto, ya que cualquier cambio o interpretación sustancial debe ser tratado por la Asamblea Universitaria, órgano máximo de gobierno de la institución.

Pedido de nulidad

Además de solicitar la nulidad de la resolución, la presentación judicial pide el dictado de una medida cautelar para suspender sus efectos y frenar el proceso electoral universitario en marcha. El cronograma electoral de la UNJu prevé la elección de autoridades entre el 7 y el 8 de mayo. La demanda sostiene que permitir la continuidad del proceso electoral bajo la interpretación cuestionada podría derivar en la oficialización de candidaturas que, según el planteo, resultarían incompatibles con las limitaciones establecidas por el propio Estatuto de la universidad.

Bonillo, en la mira del mundo académico y ahora también de la Justicia.

La resolución y las implicancias de elecciones indefinidas

La Resolución Superior N° 0200-25, abre la posibilidad de reelecciones indefinidas en los máximos cargos de la conducción universitaria, sin respetar la temporalidad de 8 años que se define en el estatuto, y ya alerta al resto del sistema universitario nacional. Es por eso que, en la UNJu piden la suspensión del proceso electoral hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.

El punto central del debate gira alrededor de una cuestión que, en apariencia, es técnica: los límites de mandato para cargos como rector, vicerrector, decano y vicedecano. El estatuto establece un máximo de dos períodos consecutivos, lo que en la práctica equivale a ocho años.

Sin embargo, la interpretación cuestionada permitiría que autoridades que ya cumplieron esos dos mandatos puedan continuar en el gobierno universitario alternando cargos dentro de la misma estructura. En términos concretos, un decano que haya completado dos períodos podría presentarse luego como vicedecano y más adelante regresar nuevamente al cargo principal.

Desde una mirada estrictamente formal podría sostenerse que cada cargo mantiene su propio límite. Pero desde una mirada institucional más amplia, algunos sectores consideran que el resultado sería una continuidad prácticamente indefinida dentro de la conducción universitaria.

Un golpe a la alternancia democrática en las universidades

Por la decisión de Bonillo, se presentó en la Justicia Federal una acción declarativa de certeza por vía de amparo, en contra de la Resolución Superior Nº 0200-25, al considerar que su vigencia “abre la posibilidad real para la reelección indefinida” en los máximos cargos de la conducción universitaria; situación que se señala de “gravedad institucional” al violar el principio de limitación de los mandatos y la alternancia en el ejercicio de los cargos.

La Resolución del Consejo Superior que se cuestiona fue aprobada en diciembre del año pasado a pedido del Rector Mario Bonillo, quien a partir de una “interpretación extensiva, forzada y contraria al sentido natural del Estatuto y las disposiciones constitucionales”, permitió “la continuidad de determinadas personas en los cargos jerárquicos de la UNJu, desnaturalizando el espíritu constitucional, al promover las reelecciones indefinidas o la alternancia entre cargos de similar jerarquía institucional”.

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