Periferia

5 de Enero de 2026

Presentan una cautelar que declara “inconstitucional” el desfinanciamiento del sistema científico en el Presupuesto 2026

El amparo, presentado en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°11 apunta contra el artículo 30 que deroga el piso de financiamiento a la educación técnico-profesional y al sistema de ciencia.

En el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Tributario N° 11, se presentó una medida cautelar para frenar la implementación del artículo 30 de la Ley de Presupuesto 2026 aprobada por el Congreso el 2 de enero, para impedir la derogación de los pisos de financiamiento de la educación técnico-superior y del sistema de ciencia, tecnología e innovación.

Esos “pisos” definían los porcentajes mínimos de financiamiento que por ley se deben implementar en el sistema de ciencia y en la educación y buscan garantizar la sustentabilidad de ambos sistemas.

Pues bien, eso es lo que, justamente, el gobierno de Javier Milei no quiere. En el articulo 30 de la Ley de Presupuesto diseñada por el Gobierno y promulgada el día 2 de enero, el Poder Ejecutivo elimina el piso de financiamiento y la ecuanimidad en la distribución del mismo de la Educación Técnica y del sistema científico, para profundizar el ajuste en el sector.

“Desde la sanción de la le 26.058 -la Ley de ETP- que no se ve semejante encono con la Educación en nuestro país”, plantearon los demandantes quienes presentaron en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Tributario N°11, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una medida cautelar en defensa de la Educación Técnico Profesional y contra el desfinanciamiento de las áreas respectivas.

¿Por qué es inconstitucional el artículo 30?

Los demandantes plantean que el artículo 30 de la Ley de Presupuesto 2026 “es inconstitucional desde viola principios básicos del orden constitucional argentino y desconoce derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos”.

Entre ellos señalan:

  1. El presupuesto no puede derogar derechos ni leyes estructurales. El primer vicio grave del artículo 30 es formal e institucional. Una ley anual de presupuesto no puede derogar leyes permanentes que6 reconocen y garantizan derechos fundamentales, como lo son:
  • la Ley de Educación Nacional,
  • la Ley de Educación Técnico Profesional,
  • la Ley de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.

El presupuesto tiene por objeto autorizar gastos e ingresos para un ejercicio, no desmantelar políticas públicas estructurales ni eliminar garantías legales que expresan mandatos constitucionales. Usar una ley de presupuesto para derogar normas sustantivas constituye un desvío de poder legislativo y una violación al principio republicano“, sostienen en un comunicado.

Por su parte, los demandantes plantean que “el artículo 30 afecta directamente el derecho a la educación, consagrado en: el artículo 14 75 inciso 19, 75 inciso 22 (tratados internacionales), la Convención sobre los Derechos del Niño y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”.

El derecho a la educación no es meramente declarativo. Para ser real, exige financiamiento suficiente, continuo y previsible. Eliminar los pisos legales de inversión implica vaciar el derecho de contenido, transformándolo en una promesa formal sin sustento material.

Prohibición de regresividad

A su vez, sostienen que viola el principio de progresividad y la prohibición de regresividad. Esto implica que, en materia de derechos sociales, el Estado argentino está obligado a cumplir el principio de progresividad y la prohibición de regresión, consagrados en el PIDESC y con jerarquía constitucional.

Esto significa que: los derechos pueden ampliarse, pero no pueden ser recortados deliberadamente sin una justificación estricta, razonable y excepcional.

“El artículo 30 deroga normas que garantizaban mínimos de inversión, eliminando protecciones ya consolidadas. No se trata de una crisis imprevisible ni de una medida transitoria: es una decisión regresiva explícita, que desanda políticas de Estado construidas durante décadas”, explican en la medida presentada.

Por otro lado, sostienen que el artículo es “irrazonable y discriminatorio”. La Constitución exige que las leyes sean razonables (art. 28 CN). Eliminar el financiamiento de la educación técnica y científica no guarda proporción con ningún fin constitucionalmente válido.

Consagra la desigualdad

Además, el impacto del artículo 30 “no es igual para todos: quienes tienen recursos podrán pagar educación privada y quienes no, quedarán afuera”, apuntan en la medida y sostienen que “esto genera una desigualdad material, afectando especialmente a estudiantes de familias trabajadoras, vulnerando el principio de igualdad real de oportunidades (art. 16 y 75 inc. 23 CN)”.

La educación pública deja de ser igualadora y pasa a ser selectiva por ingresos, lo cual es constitucionalmente inadmisible“, aseguran en el escrito, y remarcan que el artículo “compromete derechos en desarrollo y torna ilusoria la tutela judicial. El amparo remarca un punto clave: la educación no es un derecho estático, sino un derecho en desarrollo. Las trayectorias educativas no se pueden “pausar” y retomar sin daño”.

Aun si la Justicia declarara luego la inconstitucionalidad, el daño ya estaría hecho. Por eso se sostiene que permitir la aplicación de la norma torna ilusorio el derecho y vacía de sentido la tutela judicial efectiva. Es necesario aclarar que el contexto de la educación técnica en estos dos años se explica en el recorte provocado por el mismo Presidente, que alcanza el 93% en el presupuesto 2026 respecto a valores equivalentes de 2023, donde se disponen sólo 11 mil millones de pesos y no 322 mil millones, como establece el 0,2% que propone la ley de ETP. Cabe destacar también que hoy la Argentina maneja un promedio de titularizaciones del 17% cuando la media de cualquier país industrializado está cerca del 30%“, sintentiza la medida que apunta que “sta claro que a Javier Milei y su Gabinete no les interesa tener un país con producción nacional, y por esto mismo tampoco tienen interés en tener un país con Técnicos profesionales”.

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