En 1920 el economista inglés Cecil Pigou esbozó una teoría que luego fue popularizada por la economía ambiental con el nombre de “Economía de la contaminación”. Dicha teoría partía de la idea que los humanos hacemos uso de bienes que son públicos para satisfacer necesidades individuales o privadas. Así, el aire, el agua, el suelo eran considerados bienes públicos o “bienes libres” ya que parecían estar allí totalmente disponibles para utilizarlos como quisiéramos.
La Economía de la contaminación explicaba que, cuando bienes públicos son utilizados de forma privada pueden dañarse. Dichos daños, generan “externalidades negativas” que son nada más ni nada menos el costo – medible en cualquier moneda – que el privado no incorpora a su contabilidad y así lo externaliza a la sociedad. Un ejemplo claro es una industria que no trata sus efluentes y utiliza un río como sumidero. La externalidad en este caso es el costo que la sociedad tiene que pagar por no contar con un recurso hídrico apto para el desarrollo de cualquier otra actividad. Desde la Economía de la contaminación se proponía una receta simple: que se obligue al privado a “internalizar el costo”. En circunstancias como ésta, el Estado, que según estos economistas debe intervenir sólo cuando el mercado no puede regularse solo, entra en escena y fija un precio para que el privado pague una multa. Es el principio del contaminador-pagador, que está en la base de nuestro andamiaje normativo ambiental.
¿Y el daño sanitario y ambiental?
Según la Economía de la contaminación -perteneciente a la corriente neoclásica- el contaminador debe internalizar la externalidad (pagar el costo) y devolver el mercado al equilibrio. De esta forma, para el economista el problema está resuelto, salvo por una simple cuestión: el daño ambiental y su costo asociado no son la misma cosa.
La historia del uso -o mejor dicho, del mal uso- que los privados vienen realizando de un bien común como es la Cuenca Matanza Riachuelo (CMR) es bien conocida y data de la época de la colonia. El pico de mayor deterioro ambiental del territorio que comprende esta Cuenca se vincula al desarrollo industrial del país, no solo por el aumento de los aportes de efluentes sin el debido tratamiento que el cuerpo de agua recibía, sino también por los asentamientos poblacionales que iban surgiendo a la par de las industrias. Viejas problemáticas ambientales y de salud pública que permanecieron sin un correcto abordaje hasta la creación en el año 2006 de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR).
Plan de Saneamiento
En 2008, la Corte Suprema de Justicia en el marco de la llamada “Causa Mendoza” intimó a ACUMAR a implementar un Plan de Saneamiento para la mejora de la calidad de vida de los habitantes de la Cuenca, la recomposición de los componentes agua, aire y suelo y la prevención de daños con suficiente y razonable grado de predicción. El fallo implica un punto de inflexión en el abordaje de la cuestión ambiental en este territorio desde el punto de vista institucional, ya que obliga a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Provincia de Buenos Aires y a 14 municipios, todos con competencia en la Cuenca, a implementar medidas para la recomposición de un bien común y la prevención del daño futuro.
El fallo de 2008 se compone de distintas mandas que obligan al Organismo a atender varios asuntos ligados al saneamiento de la Cuenca. La manda de contaminación de origen industrial comprende inspecciones, identificación de agentes contaminantes, planes de reconversión industrial, o adecuación ambiental, cese de contaminación, clausura, líneas de crédito, el monitoreo de la calidad del agua superficial y subterránea, entre muchas otras acciones que debe realizar ACUMAR.
ACUMAR
A lo largo de su historia como organismo de control, ACUMAR se ha dedicado fundamentalmente al monitoreo de la calidad del ambiente, la inspección de los establecimientos, la identificación de las industrias contaminantes, su sanción y su clausura en los casos que la normativa lo determinase. Acciones todas tendientes a la identificación de los agentes contaminantes y cobro de multa por su indebido accionar. Esto es, la internalización de las externalidades o costos generados por los privados.
La actual gestión de ACUMAR, presidida por el ex intendente de Morón Martín Sabbatella, viene realizando grandes esfuerzos para corregir ese error conceptual muchas veces inadvertido en organismos estatales ambientales y de control: la incorporación del costo por parte del agente contaminante, a través de la multa no necesariamente, o casi nunca, implica la eliminación del daño producido en el ambiente. Justamente por esta razón, desde su Dirección General Ambiental, ACUMAR trabaja no sólo para cobrar multas, sino para que las empresas declaradas agentes contaminantes logren adecuarse ambientalmente, es decir, que puedan continuar produciendo y generando trabajo sin dañar al río ni a las personas que habitan de la Cuenca.
Llegar a la adecuación ambiental puede ser un proceso engorroso en términos técnicos y muchas veces costoso, especialmente para las miles de Pymes que producen en dicho territorio. Es imperativo que la Autoridad de Cuenca, además de controlar, multar, y realizar declaraciones de agentes contaminantes, trabaje de forma proactiva junto a sus administrados para sortear las dificultades económicas y técnicas que impiden a una empresa adecuarse.
La RAAC
Para ello ACUMAR desarrolló algunas estrategias para mejorar la posibilidad de adecuación. Creó por resolución 45/2021 la Red de Adecuación Ambiental de la Cuenca (RAAC), un espacio de participación e integración público-privada para la promoción de acciones que faciliten la adecuación del sistema productivo y de servicios de la Cuenca a las normas ambientales vigentes. La RAAC es un ámbito que permite un mayor flujo de información y conocimiento de las circunstancias de cada establecimiento, un acercamiento a sus problemáticas y necesidades y un acceso a mayores recursos. En el marco de la RAAC, desarrollan su tarea los Vinculadores Tecnológico-Ambientales: profesionales que salen a buscar a los establecimientos declarados agentes contaminantes para acercarles el estado de su expediente ante la Autoridad de Cuenca y acompañarlos en todo el proceso de adecuación ambiental.
Gracias a esta política, que supone un Estado proactivo con autoridad tanto normativa como técnica, se generan condiciones generales que promueven la adecuación. Prueba de ello es la exclusión de más de 100 industrias del listado de agente contaminante entre 2020 y 2022.
Por último, ACUMAR viene gestando un cambio de paradigma para el control industrial, debido a que la diversidad de establecimientos de la Cuenca amerita tratamientos diferentes. A los grandes aportantes de efluentes líquidos detectados, un núcleo de 30 establecimientos, sobre un total de 5300 empadronados, se los monitoreará de forma automática y en tiempo real a través de un Centro Integral de Monitoreo y Control Ambiental (CIMCA). Al mismo tiempo, se están evaluando alternativas de incorporación de Sistemas de Gestión Ambiental, como las Normas ISO 14.000, adaptados a la realidad del territorio de la CMR para pequeños aportantes.
Desde la Dirección General Ambiental de ACUMAR hay pleno convencimiento que la solución para el saneamiento de la Cuenca no es sólo el cobro de multas ni sanciones. Junto a ello, el Estado debe salir a trabajar, a convencer y a acompañar la adecuación de los establecimientos declarados agente contaminante. Tamaña tarea que sólo es posible sectorizando las políticas según los tipos de industria para lograr una mayor eficacia en el logro de las metas.
El camino es reducir el daño ambiental siguiendo el principio de progresividad y adecuar, adecuar y adecuar para producir y vivir en un ambiente sano.